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Un médico fue sancionado en Córdoba con una multa de $900.000 y la obligación de asistir a un curso educativo sobre género por el trato que le dio a una paciente durante una consulta sobre congelamiento de óvulos. La Justicia consideró que cometió una contravención de maltrato agravado por razones de género.

El juez José Milton Peralta, del Juzgado de Control y Faltas N.º 7 de la ciudad de Córdoba, revocó la absolución que había dictado la Unidad Contravencional de Género y declaró responsable al profesional.

La paciente había denunciado contactos físicos indebidos, expresiones inapropiadas, la ausencia de un auxiliar médico y el uso de anteojos con capacidad para tomar fotografías y filmar sin que se le informara sobre esas funciones.

El magistrado no encontró pruebas suficientes de los contactos físicos denunciados. También señaló que el profesional no tenía una obligación legal de contar con otro médico como auxiliar en la sala.

En cambio, consideró acreditado que se dirigió a la mujer como "nena" y "nenita" y le dijo: "Tenés los ovarios de una pendeja". Según el fallo, esas expresiones resultaron infantilizantes y descalificantes en el contexto de una consulta sobre salud reproductiva.

Peralta también dio por probado que el médico utilizó anteojos Ray-Ban Meta, capaces de captar imágenes, sin informarle a la paciente sobre esa característica. No se probó que hubiera tomado fotografías ni realizado filmaciones.

El juez entendió que usar esos dispositivos sin avisar, durante una práctica que comprometía la intimidad de la mujer, podía generar inseguridad, incluso si nunca habían sido encendidos.

Para el magistrado, las expresiones y el uso no informado de los anteojos, evaluados en conjunto, vulneraron el respeto, la confianza y la seguridad que deben existir durante la atención médica.

La decisión se apoyó en la Ley de Derechos del Paciente y en el Código de Ética de la Asociación Médica Argentina, que contemplan el trato digno y respetuoso y la protección de la intimidad. El juez consideró, además, que las conductas configuraron un maltrato por razones de género y aplicó la sanción prevista en el Código de Convivencia Ciudadana.

Autor: admin