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La Corte Suprema de Justicia de la Nación convocó para este viernes un Acuerdo Extraordinario a las 9 horas en el que podría emitir un fallo clave sobre la Ley de Tierras. 

El máximo tribunal debe decidir sobre un expediente que, de prosperar la medida cautelar solicitada, podría dejar nuevamente vigentes las restricciones a la venta de campos a extranjeros que el Gobierno derogó mediante el decreto 70/2023.

El caso que llega a la Corte

El expediente fue impulsado por la Asociación Civil Árbol de Pie junto a las comunidades indígenas Lafkenche y Lof Fvta Anecon. Está vinculado al proceso colectivo del Centro de Excombatientes Islas Malvinas (CECIM) de La Plata. Los demandantes pidieron una aclaratoria porque su amparo colectivo fue tratado como caso conexo al del CECIM y buscan que se precise si el fallo anterior produce efectos sobre su causa.

Para resolver esta causa, la Corte designó a los conjueces Diego Barroetaveña (de Casación) y Juan Ignacio Pérez Curci (de la Cámara Federal de Mendoza). Ambos aceptaron el cargo. Como suplentes quedaron Jorge Morán y Eduardo Farah.

Antes de fijar la fecha de la audiencia, los jueces redujeron a solo 24 horas el plazo para que las partes presenten impugnaciones contra la integración de los conjueces y habilitaron días y horas inhábiles. Habitualmente ese plazo es de 72 horas. La resolución de este jueves justificó la medida “en atención a las particulares circunstancias de la causa”.

Qué se resolvió la semana pasada

La semana pasada la Corte revocó una sentencia que había declarado inconstitucional el artículo del DNU 70/2023 por el que el presidente Javier Milei derogó la ley 26.737. Los jueces consideraron que el CECIM no tenía legitimación activa para cuestionar la medida. Esa decisión generó fuertes críticas de la oposición y la amenaza de tratar en el Congreso, en una sesión especial, la caída de todo el decreto.

Ante el revuelo, el máximo tribunal emitió un comunicado en el que aclaró que solo resolvió “un aspecto procesal” ajustado a sus precedentes y que la decisión no afectaba otras medidas cautelares con el mismo objeto que tramitan en distintos tribunales. También recordó que cualquier persona que considere inconstitucional el régimen de tierras puede pedir una cautelar ante un juez competente.

Dos caminos posibles y lo que está en juego

Ahora la Corte debe definir si devuelve el expediente a la justicia federal de La Plata o de Bariloche, o si lo trata de manera directa (un camino excepcional que exige urgencia).

Lo central es si la cautelar del amparo colectivo repone, aunque sea de forma provisoria, las restricciones de la Ley 26.737 a la compra de campos por extranjeros. En otras palabras: la propia Corte podría dejar vigente nuevamente lo que anuló días atrás.

La decisión se espera con atención porque toca un tema sensible: el acceso de extranjeros a la tierra rural argentina y los límites que el Estado puede imponer en nombre de la soberanía y la protección de recursos naturales.

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Este artículo resume y contextualiza la información publicada por TN el 9 de octubre de 2026, manteniendo un tono informativo, claro y orientado a búsquedas relacionadas con el tema.

Autor: admin